TASACIONES PARA VENTA POR INCAPACITACION
Tasación Inmobiliaria Oficial con Finalidad Venta por Incapacitación
La incapacidad judicial es una situación jurídica en la que una persona física no tiene capacidad de valerse por sí misma (tiene limitada su capacidad para realizar actos jurídicos con eficacia), por su estado físico o psíquico y necesita de un tercero para regir su persona o sus bienes.
Este estado debe estar confirmado mediante una sentencia dictada por un juez y para que un juez declare la incapacidad de una persona deben ocurrir los siguientes aspectos:
- Tener una enfermedad o deficiencia física o psíquica.
- Que esa enfermedad o deficiencia sea permanente, es decir, persistente en el tiempo.
- No poder gobernarse por sí misma.
En el caso de personas que llegan a ser incapacitadas judicialmente, es su tutor legal (familia o institución pública) quien se responsabiliza de la administración de su patrimonio.
Es frecuente el problema de la falta de liquidez para garantizar los cuidados de estas personas y, en ocasiones, surge la necesidad de vender algún bien del que sea titular la persona incapacitada.
Entre los requisitos necesarios para vender los bienes de un incapacitado se encuentra contar con una tasación oficial de un tasador autorizado que determine el valor del bien que se pretende vender.
Una tasación oficial con finalidad venta por incapacitación es un informe que determina el valor de un inmueble de cualquier tipología (vivienda, local comercial, oficina, aparcamiento, hotel, edificio, terreno…) de un bien mueble, cuyo propietario está incapacitado judicialmente.
En Aguirre & Baeza podemos ayudarte a determinar el valor de los bienes de una persona incapacitada para que poder ganar liquidez con ellos, mediante una tasación inmobiliaria oficial con validez judicial y fiscal.
¿Cómo se realiza una tasación oficial de venta por incapacitación?
En Aguirre & Baeza, las tasaciones oficiales con finalidad venta por incapacitación se realizan conforme a lo establecido por la orden ministerial ECO 805/2003 de 27 de marzo, publicada en el BOE nº 85, de 9 de abril de 2003, la Orden EHA/3011/2007 y la Orden EHA/564/2008 , para determinar el valor de tasación para esta finalidad, distinta a la finalidad hipotecaria, con una validez judicial para poder repartir los bienes del proceso de autorización venta por incapacitación..
Metodología de trabajo en Aguirre & Baeza:
- Visita de experto tasador arquitecto (comprobación de los linderos, reportaje fotográfico, medición in situ con medidor láser de alta precisión, levantamiento de planos acotados…)
- Análisis de la documentación aportada y Comprobaciones urbanísticas.
- Comparación dentro del mercado, en fecha del informe y cálculo de valores.
- Emisión del Informe completo según Orden ECO 805/2003, Orden EHA/3011/2007 y EHA/564/2008, con finalidad no hipotecaria-bancaria.
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