TASACIONES PARA REDUCCIÓN DEL IMPUESTO DE SOCIEDADES
Tasación Inmobiliaria Oficial con Finalidad Reducción del Impuesto de Sociedades
Cuando necesitas presentar el Impuesto de Sociedades, debes presentar conjuntamente cierta documentación requerida en conjunto con las operaciones vinculadas, que son aquellas que cuentan con un fundamento económico entre las personas y/o entidades vinculadas a la sociedad.
La Administración puede proponerte un valor de operaciones vinculadas que sea superior al valor real del inmueble dentro del mercado.
En caso de que el propietario del inmueble no esté de acuerdo con el valor estimado por la Administración puede interponer recurso de reposición o reclamación económico-administrativa. Este recurso sólo puede interponerse en el momento en el que se produce la revisión del valor catastral y se notifica la misma al cliente.
En este contexto, en Aguirre & Baeza podemos ayudarte a determinar el valor de mercado del inmueble mediante una tasación inmobiliaria oficial con validez judicial y fiscal, para conocer si su valor real es inferior al determinado por la administración.
¿Qué es el Impuesto de Sociedades y cómo se calcula?
El Impuesto de Sociedades es un gravamen que se aplica a los beneficios que obtiene una sociedad mercantil y otras entidades jurídicas.
Las sociedades pagan este impuesto como un porcentaje (tipo impositivo) de sus beneficios.
El tipo impositivo no es el mismo en todo el país, porque algunas comunidades españolas disponen de autonomía fiscal. En el País Vasco y Navarra las sociedades tributan un 28% de sus beneficios al Impuesto de Sociedades (S); en el resto de España, el tipo impositivo es del 25%. En el caso de empresas de nueva creación, su valor es del 15% para el primer período impositivo en que obtienen una base imponible positiva y el siguiente.
El Impuesto de Sociedades (IS) deben satisfacerlo todas las entidades jurídicas (Sociedad Anónima, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Colectiva, Sociedades estatales, autonómicas, provinciales y locales) y otras entidades no jurídicas (Fondo de Inversión, Fondo de Capital de Riesgo, Fondo de Pensiones, Fondo de Regulación del Mercado Hipotecario, Fondo de Garantía de Inversiones…)
¿Cómo se calcula el Valor Normal de Mercado?
-
Método de precio libre comparable: se compara el precio del bien o servicio en una operación entre personas o entidades vinculadas con el precio de un bien o servicio idéntico de características similares en una operación entre personas o entidades independientes.
-
Método del coste incrementado: se añade al valor de adquisición o coste de producción del bien o servicio el margen habitual en operaciones idénticas o similares con personas o entidades independientes.
-
Método del precio de reventa: se sustrae del precio de venta de un bien o servicio el margen que aplica el propio revendedor en operaciones idénticas o similares con personas o entidades independientes.
-
Método de la distribución del resultado: asigna a cada persona o entidad vinculada la parte del resultado común derivado de dicha operación, en función de un criterio que refleje adecuadamente las condiciones que habrían suscrito personas o entidades independientes en circunstancias similares.
-
Método del margen neto del conjunto de operaciones: se atribuye a las operaciones realizadas por una persona o entidad vinculada el resultado neto, calculado sobre costes, ventas o la magnitud que resulte más adecuada en función de las características de las operaciones, que el contribuyente, en su caso, terceros habrían obtenido en operaciones idénticas o similares realizadas entre partes independientes, efectuando, cuando sea preciso, las correcciones necesarias para obtener la equivalencia y considerar las particularidades de las operaciones.
¿Necesitas una tasación?
¡Pídenos presupuesto!
En Aguirre & Baeza te enviamos presupuesto sin compromiso, no dudes en contactar con nosotros