El IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) es un gravamen que se aplica a los bienes inmuebles en España. En Madrid su cálculo y pago son cruciales, ya que forman parte de una de las obligaciones fiscales cómo propietarios de un inmueble. Es por eso, que con el siguiente artículo tenemos la intención de informar sobre los conceptos clave de cómo calcular correctamente el IBI en Madrid.
Si necesitas información para tasar tu vivienda en Madrid, aquí te contamos todo lo que necesitas saber.
¿Qué es el IBI y quién debe pagarlo?
El IBI es un impuesto local aplicable a los bienes inmuebles, por lo que recae sobre todas las personas que dispongan de una propiedad. Dicho gravamen es responsabilidad del titular del inmueble, es decir, la persona encargada de pagarlo es el propietario/propietarios de viviendas, locales comerciales, terrenos, y demás bienes inmuebles situados en el territorio municipal de Madrid.
Como se trata de un impuesto municipal, el encargado de gestionar este dinero es el Ayuntamiento de cada municipio, en este caso el Ayuntamiento de Madrid contribuirá el dinero del IBI a servicios y actividades locales como la recogida de residuos, el mantenimiento de parques, etc.
Cuando se paga el IBI en Madrid
En Madrid la fecha de pago suele fijarse por el ayuntamiento, el cual normalmente se cobra de forma automática el 1 de enero de cada año. Aunque también se puede pagar desde el 1 de octubre al 30 de noviembre de forma voluntaria. Como se trata de un pago obligatorio, saber de la existencia de este gravamen es importante para cumplir con las obligaciones fiscales y evitar posibles sanciones.
Elementos clave para el cálculo del IBI en Madrid:
- Valor catastral de la vivienda: Valor que asigna la administración a partir de una serie de variables (ubicación, m2, antigüedad y categoría del inmueble).
- Tipo impositivo y su variabilidad por ayuntamientos: se trata de un porcentaje que se aplica al valor catastral. En Madrid, durante el año 2022 el coeficiente era de 0,456%.
- Fechas de Pago: El calendario de pago lo establece el ayuntamiento y es fundamental respetar estas fechas para evitar sanciones.
- Sanciones por Pago con Retraso: Sanción mediante un porcentaje adicional sobre la cantidad que se debía pagar, está aumentará según pasa el tiempo
- Exenciones y Bonificaciones: Se pueden obtener exenciones o bonificaciones en el pago del IBI, ya sea por interés cultural o social.
Sanciones por pagar el IBI con retraso
En el caso de no pagar el IBI dentro del plazo, es decir, incumplimiento en el pago del IBI, se sancionará añadiendo un porcentaje sobre la cantidad que se debía pagar. Si esta primera sanción no se paga en el plazo estipulado se aplicarán más cargos sobre la deuda. En Madrid, los porcentajes de deuda en el periodo voluntario varían desde un 5% hasta un 20%. Como norma general, la deuda aumenta según pasa el tiempo, lo que puede llegar a suponer una pesada carga financiera.
Si quieres saber cómo reducir el pago del impuesto del IBI aquí te lo contamos.
¿Cómo se calcula el IBI en Madrid?
El cálculo del IBI es relativamente sencillo, ya que se obtiene multiplicando el valor catastral de la propiedad por el tipo de gravamen establecido por el ayuntamiento de Madrid. De forma, que los dos datos principales a conocer son: el valor catastral y el tipo de impuesto impositivo que nos suministrará la Agencia Tributaria. Este último dato, en Madrid se trata de un porcentaje de 0,456%, durante el año 2022.
Ejemplo de cálculo de IBI Madrid
Fórmula:
IBI= Valor Catastral × Tipo de Gravamen
Ejemplo numérico:
- Datos:
– Valor catastral: 150,000
-Tipo de gravamen: 0,456% en Madrid durante 2022
- Aplicación de fórmula:
IBI=150,000 €×0,00456= 684 €
Cómo encontrar el valor catastral de tu propiedad
El valor catastral de un inmueble se puede encontrar en la Sede Electrónica del catastro, introduciendo la referencia catastral del inmueble. Aunque también se puede consultar en la oficina catastral, o en el recibo del IBI.
Como ya hemos visto para el cálculo del IBI es esencial tener este dato.
Exenciones y bonificaciones del ibi en Madrid
Hay casos donde se pueden aplicar diversas extensiones y bonificaciones fiscales en el IBI. Existen propiedades de interés cultural o social que pueden estar exentas de dicho gravamen, total o parcialmente. Por otra parte, también existen bonificaciones fiscales para propiedades que promueven la eficiencia energética, para propiedades rústicas de cooperativas agrarias o para familias numerosas.
En Madrid algunos de los inmuebles exentos de pagar el IBI son:
- Inmuebles del Estado: Pertenecientes a la Comunidad de Madrid o entidades locales
- Bienes comunales: iglesia católica o la Cruz Roja
- Terrenos ocupados por el transporte ferroviario y edificios que guarden relación como estaciones, almacenes, etc.
- Bienes destinados a la enseñanza pública o concertada.
- Bienes declarados monumentos de interés cultural sin explotación económica e inmuebles ubicados en la zona arqueológica Recinto Histórico de Madrid
Si necesitas más información sobre cómo se calcula el IBI de una propiedad, aquí te lo contamos.
Preguntas frecuentes
A continuación respondemos algunas de las preguntas más frecuentes que nos realizan los clientes en relación al cálculo del IBI en Madrid:
¿Qué pasa si no pago el IBI a tiempo en Madrid?
En el caso de no pagar el IBI a tiempo, se aplicará una sanción económica que aumentará de forma gradual.
¿Existen bonificaciones para el pago del IBI en Madrid?
Sí, existen bonificaciones para el pago del IBI en ciertas propiedades, como pueden ser viviendas de PVC, viviendas donde resida una familia numerosa o propiedades rústicas de cooperaciones agrarias.
¿Todos los inmuebles están obligados a pagar IBI en Madrid?
Sí, como norma general todos los bienes inmuebles deben pagar el IBI en Madrid, aunque existen exenciones y bonificaciones fiscales para ciertas propiedades.
¿Cómo puedo reclamar si considero que el valor catastral es demasiado alto?
La reclamación por discrepancia del valor catastral se realiza mediante la presentación de una reclamación ante la administración. En esta se deberán aportar pruebas que apoyen la discordancia con el valor catastral asignado.
¿El IBI varía según el tipo de propiedad en Madrid?
Sí, el IBI se calcula por una multiplicación entre el valor catastral y el tipo de gravamen, datos que no son iguales para todas las propiedades, y de los cuales el valor catastral va directamente relacionado con el tipo de propiedad. Por lo que el IBI para una propiedad más grande, más nueva, y en una mejor ubicación será mayor que el IBI de una propiedad más pequeña, más antigua y en una peor ubicación.
Conclusión
En conclusión, el cálculo correcto y el pago del IBI en Madrid puede evitarnos problemas legales y sanciones. Cabe destacar que el cálculo del IBI se basa en el valor catastral y el tipo impositivo definido por cada ayuntamiento, lo cual hace que el impuesto sea variable según el tipo de propiedad.
El pago del IBI es una de las obligaciones que tiene el ciudadano como propietario de un mueble, por lo que es importante mantenerse informado sobre los aspectos de este gravamen para conseguir una gestión efectiva.